sábado, 18 de enero de 2020

La muerte de Nisman: sobran operaciones, falta justicia

LA NACION



18 de enero de 2020 




EDITORIAL


La muerte de Nisman: sobran operaciones, falta justicia


Tras cinco años, aún no se conoce el veredicto de los jueces: único camino para determinar la fortaleza de la denuncia que le costó la vida al fiscal


Hace cinco años falleció Alberto Nisman, fiscal encargado de la Unidad para la investigación del atentado terrorista contra la AMIA. Fue encontrado muerto en el baño de su departamento cuatro días después de haber denunciado a la entonces presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, junto con un grupo de altos funcionarios, por encubrimiento de los ciudadanos iraníes buscados por la Justicia como sospechosos del acto terrorista.

Esa muerte, así como las de las 85 víctimas mortales de la AMIA, no deja de interpelar a la sociedad argentina. El atentado terrorista no ha sido esclarecido y sobre los hechos que rodearon la muerte de Nisman se teje una multiplicidad de hipótesis vinculadas con intereses políticos coyunturales.

En las últimas semanas, la miniserie de Netflix Nisman: el fiscal, la presidenta y el espía avivó las incertidumbres. Tal vez la única certeza que ofrece el documental es cuando sostiene que sobre la muerte de Nisman todos parecieran haber tomado posiciones inclaudicables. La grieta impide buscar la verdad y pacificar las disidencias.


No puede sorprender que resulte difícil dilucidar una muerte que se encuentra directamente vinculada con una investigación destinada a esclarecer si la vicepresidenta Fernández de Kirchner; el procurador del Tesoro, Carlos Zannini; el secretario de Justicia, Juan Mena; el senador nacional Oscar Parrilli y el diputado nacional Andrés Larroque fueron partícipes del delito de encubrir a ciudadanos iraníes investigados por un delito de lesa humanidad. Ello, sumado a que el candidato para acceder al cargo de procurador general, Daniel Rafecas, desestimó la denuncia de Nisman con una velocidad inusitada.

Tampoco llama la atención que la ministra de Seguridad, Sabina Frederic, a los pocos días de asumir opinara que debía revisarse el peritaje de la Gendarmería, que había concluido que Nisman fue asesinado. Menos aún, que el diputado Leopoldo Moreau subraye que se deben investigar los fondos de la cuenta de Nisman en el exterior, lo cual si bien es legítimo, también puede ser interpretado como un acto de la campaña de ataque a su trayectoria, para intentar deslegitimar su trabajo como fiscal en la causa AMIA.

Los interrogantes sobre cómo murió Nisman parecieran ser utilizados para ocultar las graves sospechas sobre el delito de encubrimiento que denunció antes de morir. El cómo murió intenta desplazar al por qué perdió la vida. Y muchas palabras dichas sin pruebas deberían ser confrontadas con la sentencia dictada el 21 de diciembre de 2017 por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, que confirmó el procesamiento de Fernández de Kirchner, Zannini, Mena, Parrilli y Larroque, entre otros, ordenado por el juez federal Claudio Bonadio. Esa decisión de la Sala II, confirmada por la Cámara de Casación y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aclara varias de las cuestiones que son tratadas con gran liviandad en el actual contexto político.

Comencemos por el tema de las alertas rojas de Interpol, examinado por la Cámara. Nisman, como responsable de la Unidad AMIA, presentó en 2006 al juez Rodolfo Canicoba Corral un pedido de libramiento de órdenes de captura nacional e internacional de ocho ciudadanos -siete de nacionalidad iraní, uno libanés-, por entender probada su intervención en el planeamiento del acto terrorista, considerado delito de lesa humanidad. Canicoba Corral accedió y ordenó la captura internacional pedida, lo que determinó que Nisman debiera defender y obtuviera ante la Asamblea General de Interpol la inscripción de los pedidos de captura en carácter de notificación roja, el 7 de noviembre de 2007.

Es indudable que llevar adelante una investigación de ese tenor y pedir la captura de prominentes figuras de Irán requiere un serio compromiso con el proceso judicial seguido en la Argentina para esclarecer el atentado y una gran valentía. Al hacerlo, Nisman enfrentaba a figuras encumbradas de un gobierno extranjero. Entre ellas, se encontraban Ali Akbar Hashemi Bahramaie Rafsanjani (presidente de Irán entre 1989 y 1997), Ali Fallahijan (ministro de Inteligencia y Seguridad de Irán entre 1989 y 1997), Ali Akbar Velayati (ministro de Asuntos Exteriores de Irán entre 1981 y 1997) y Mohsen Rabbani (consejero cultural de la embajada de Irán en Buenos Aires entre 1994 y 1998). Esa sola referencia basta para mostrar el poco asidero de la versión que sostiene que Nisman se suicidó ante el temor de tener que defender su denuncia en el Congreso.

¿Cuál fue la posición de Irán una vez comunicadas las alertas? Desde la incorporación de las alertas rojas, Irán bregó por su levantamiento. Es así como en la sentencia de la Cámara se menciona la declaración de Roberto García Moritán, vicecanciller de Jorge Taiana, quien declaró que en una reunión celebrada en Francia en 2007: "...la delegación iraní concentró la atención sobre el levantamiento de las circulares rojas y le preguntó al director general de Interpol, Ronald Noble, sobre cuáles podían ser los mecanismos posibles para que ello ocurriera. Noble le contestó que existían dos formas. Una, por pedido del juez de la causa AMIA, y, otra, a través de un acuerdo de partes". En ese momento, el gobierno argentino no tenía ningún interés en entorpecer el accionar judicial tendiente a investigar el atentado. El consejo de Noble fue seguido por las autoridades iraníes y desestimado por las argentinas hasta que se empezó a pergeñar el oscuro acuerdo con Irán, que, en 2011, denunció públicamente el periodista Pepe Eliaschev, quien accedió a un documento secreto redactado por el canciller iraní, Ali A. Salehi, dirigido al entonces presidente iraní, en el que decía que "la Argentina ya no está más interesada en resolver aquellos dos atentados, pero en cambio prefiere mejorar sus relaciones económicas con Irán". El gobierno de Fernández de Kirchner, de acuerdo con esa fuente, estaba dispuesto a suspender de hecho las investigaciones al respecto.

Ese propósito se logró con la serie de negociaciones y hechos que rodearon la firma del memorándum de entendimiento sobre temas vinculados al ataque terrorista contra la sede de la AMIA, perpetrado en Buenos Aires el 18 de julio de 1994, que solamente permitía que las autoridades judiciales argentinas interrogaran "a aquellas personas respecto de las cuales Interpol ha emitido una notificación roja".

Pero lo más singular de dicho memorándum es que para producir efectos con respecto a las alertas rojas no era necesario que fuera ratificado por el Congreso, según su cláusula 7, ya que bastaba con la comunicación que ambos cancilleres cursaran a Interpol para neutralizar sus efectos. Lo cual fue corroborado el 4 de noviembre de 2017 por el ministro de Relaciones Exteriores de Irán, Mohammad J. Zarif, en una nota dirigida a la Cancillería argentina. En ella, según destaca la sentencia de Cámara, puntualizó que "inmediatamente después de la firma del memorándum, los entonces ministros de Exteriores de Irán y la Argentina, cumpliendo con el artículo 7 del mismo, remitieron una carta conjunta al secretario general de Interpol refiriéndose al acuerdo alcanzado entre los dos países para colaborar a nivel bilateral, solicitando a Interpol poner fin a las obligaciones de esa institución con respecto a la causa AMIA. A este respecto, el ministro de Exteriores de la Argentina en su encuentro del 30 de mayo de 2013 con el entonces secretario general de Interpol aseguró el cumplimiento de los requisitos contenidos en el memorándum por el gobierno de la Argentina".

El 16 de enero de 2015, dos días después de la denuncia de Nisman, se difunde una carta de Ronald Noble dirigida a Timerman, que intenta desvirtuar el levantamiento de las alertas rojas y minimiza la importancia del banner que se colocó en las alertas rojas dando cuenta de la firma del memorándum. El mayor problema de esa carta es que fue preparada por la propia cancillería argentina como demuestra la sentencia de Cámara. Los jueces de la Cámara concluyen: "Ahora se sabe que el contenido de ese texto [la nota de Noble], cuya autoría se atribuyó, fue preparado por áreas de la cancillería argentina (ver 'Legajo de Correos Electrónicos del Min. Rel. Ext.", fs. 110/1, mail dirigido a Eduardo Zuain el 16/1/2015. Asunto: "Chango, este es el texto que sale, cualquier cosa avisá. Adjunto: carta de Noble' y adjunto con texto de la carta)".

La decisión de la Cámara Federal de 2017, que ordenó los procesamientos de las personas denunciadas por Nisman, por su gravedad, debería haber sido seguida por un juicio oral en el cual la sociedad, representada por los fiscales y los acusados, debatiera sobre el alcance de los hechos denunciados y sus consecuencias penales. En ese escenario, se debería dar una discusión que no puede ser suplida por un documental ni por manifestaciones políticas sesgadas, enfocadas en intereses que nada tienen que ver con el descubrimiento de la verdad.

Nuestra Constitución le asigna al Poder Judicial la atribución de resolver los conflictos. El sistema de reglas que rigen nuestra sociedad se sustenta en el principio constitucional que confiere a los jueces el poder de establecer determinadas consecuencias jurídicas, según los hechos probados en los procesos judiciales. Las decisiones judiciales no son meras opiniones sobre determinados sucesos. Ellas tienen la capacidad de cerrar los debates debido a que, luego de escuchar a quienes participan del proceso y permitirles probar sus alegaciones, deben dar razones debidamente fundadas sobre cómo han ocurrido los hechos. Zanjan los conflictos, los concluyen mediante la determinación de una verdad judicial, que en el sistema constitucional se asume como legitima e incuestionable una vez terminado el proceso. El Estado de Derecho se basa, en gran medida, en la capacidad del Poder Judicial de brindar respuestas conclusivas en un tiempo razonable.

Que el Tribunal Oral Federal 8 no logre comenzar las audiencias de un juicio de una trascendencia inusitada, ineludiblemente vinculado con la muerte del fiscal, es absolutamente injustificable. Para cerrar la famosa grieta sobran operaciones y falta que la Justicia pronuncie su veredicto, único camino para determinar la fortaleza de la denuncia que le costó la vida al fiscal de la Nación Alberto Nisman.

1 comentario:

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    Hizo que mi ex esposa volviera a mí con alegría

    Me curó de un hombre impotente a un hombre de verdad.

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