miércoles, 15 de mayo de 2013

LOS JUBILADOS NO VIVIREMOS PARA COBRAR LOS JUICIOS




Con la reforma judicial K, los procesos podrán extenderse hasta diez años y muchos jubilados no vivirán para cobrarlos. Es por la creación de otra instancia incluida por el gobierno nacional
 
Luego de haber vaciado todas las cajas del Estado, para financiar el enorme aparato de clientelismo político, el kirchnerismo se encuentra ahora ante una profunda recesión económica y con una inflación que causa estragos.

Sin ideas para superar el temporal, el gobierno nacional decidió sacrificar los derechos de los miles de jubilados, en su gran mayoría personas de más de 80 años, que decidieron recurrir a la Justicia para que se le reconozca el 82% móvil, en función de los que aportaron durante toda una vida de trabajo.
 
Pero, como el gobierno nacional no quiere hacer frente a los fallos judiciales que les dan la razón a los jubilados, ahora optó por crear nuevas estructuras judiciales para estirar los plazos y esperar a que se vayan muriendo por su avanzada edad.

Una de las leyes sancionadas en la escandalosa sesión de Diputados, que finalizó en la madrugada del 25 de abril, fue la creación de tres nuevas cámaras de casación. Entre ellas, la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social, será una nueva instancia por la que tendrán que pasar las demandas de los jubilados, que se calcula que suman unos 300 mil juicios que aún no tiene resolución.
 
Según varios abogados y especialistas en derecho previsional consultados por Hoy, con la nueva instancia incorporada por el gobierno nacional, los procesos podrán llegar a demorarse hasta diez años en algunos casos.
 
“Con la creación de la nueva Cámara de Casación el gobierno tiene dos objetivos, por un lado demorar los trámites judiciales de los jubilados y por otro u cambiar la doctrina de la cámaras y ubicar jueces adeptos al poder político”, dijo a Hoy el vicepresidente de la comisión de Previsión y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, Eduardo Santín.
 
 Según el diputado radical, con la nueva instancia se agregarán cuatro o cinco años más a los tres o cuatro que demora el trámite actualmente, por lo que los juicios se acercarán a los diez años de duración.
 
Según explicó a nuestro diario un abogado especialista en derecho previsional, en La Plata se presentan las demandas en los juzgados federales dos y cuatro. Se inicia el trámite y entre dos y tres años se obtiene la sentencia, pero el Estado puede presentar una apelación ante la cámara de seguridad social de Lavalle entre 1268, donde confluyen todos los expedientes del país desde los de Jujuy hasta los de Tierra del Fuego. “Los expedientes no entran en el edificio y se acumulan en los patios”, contó el abogado.
 

Antecedentes a favor y sospechas
 

Las demandas cuentan con el sólido respaldo del fallo Badaro, que estableció que entre enero del 2002 y diciembre del 2006 el reajuste de haberes debió haber sido de más del 88%, como habían evolucionado los salarios. En ese período los aumentos que había dado el gobierno eran del 11 y el 21%.
 
A partir de ese fallo, casi todos los jubilados que hicieron juicio a la Anses recibió un fallo favorable. El organismo intenta estirar los plazos apelando a la Corte Suprema, que siempre ratificó las demandas. Ahora, entre la cámara de Seguridad Social y la Corte estará la nueva cámara de Casación, cuyos jueces el Gobierno espera que sean nombrados por sus delegados en el Consejo de la Magistratura, por lo que se especula con que podrán fallar contra los jubilados.
 

El dinero no es para los que aportaron
 

La Administración Nacional de la Seguridad Social, Anses , tiene una de las cajas más suculentas a la que el Gobierno nacional recurre insistentemente para solventar distintos planes e incluso para otorgar créditos a los gobiernos provinciales. Sin embargo, la Anses no les paga a los jubilados lo que les corresponde.
 
El diputado radical Eduardo Santín, aseguró a Hoy que la Anses “puede afrontar los pagos de los juicios de los jubilados porque se calcula que el año pasado tuvo un superávit de más de $ 25 mil millones y el pago de las sentencias fue de $ 3 mil millones”.
 
El jefe del departamento de la Tercera edad de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino, hay otros 200 mil juicios  que no están activos porque “por lo general el titular murió, y el proceso lo deben continuar los herederos”.
 
El año pasado, el titular de la Anses, Diego Bossio, estimó que de extender el Caso Badaro como pide la Defensoría del Pueblo se necesitarían $14 mil millones anuales, una cifra que según dijo, no podría afrontar. Pero lo cierto es que el superávit del organismo en el 2012, sin contar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad, fue de $29 mil millones.
 

Lo que creó la polémica ley de la reforma K
 

La ley que se sancionó en el marco de la reforma judicial del kirchnerismo crea tres nuevas cámaras de Casación:
 
-La Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal conocerá los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión interpuestos contra las sentencias dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y por las demás cámaras federales de apelación del país en causas contencioso administrativas federales.

-La Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social conocerá los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión interpuestos contra las sentencias dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social.
 
-La Cámara Federal y Nacional de Casación en lo Civil y Comercial conocerá los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión contra las sentencias dictadas por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
 
-Las sentencias definitivas, o equiparables, dictadas por la Cámara de Apelación, serán susceptibles de recurso de casación. Este será admisible contra las resoluciones que decidan la suspensión de los efectos de actos estatales u otra medida cautelar, frente a alguna autoridad pública y contra las decisiones que no admitan la pretensión contencioso administrativa.

Fte: Diario Hoy

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