miércoles, 6 de marzo de 2013

Corte Suprema, reformas en la justicia y caso Badaro






marzo 6, 2013
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En su presentación en la apertura del año judicial, el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, instó el martes pasado a “los poderes del Estado” a implementar políticas que sirvan para “mejorar y facilitar la vida de los jubilados y acabar con los juicios por los reclamos de haberes”.


No sabemos si el comentario apunta a alguna decisión en puerta de la Corte Suprema en relación a la generalización del caso Badaro como mecanismo para resolver la enorme cantidad de causas por la recomposición de haberes que siguen en la Justicia, muchas con sentencia firme e incumplimiento de la ANSES, o si por el contrario se trata de un elemento de negociación que pone sobre la mesa la Corte frente a las modificaciones que se avecinan en el funcionamiento del poder judicial. Modificaciones que se presentan como “una democratización de la Justicia”, y no descartamos sean elevadas al Congreso vía un Proyecto del Poder Ejecutivo Nacional en las próximas semanas.

Estudio Bein & Asociados

1
Memorándum
Ref: Corte Suprema, Reformas en la Justicia y Caso Badaro
Fecha: 28 de febrero de 2013

En su presentación en la apertura del año judicial, el presidente de la Corte Suprema, Ricardo
Lorenzetti, instó el martes pasado a "los poderes del Estado" a implementar políticas que sirvan para "mejorar y facilitar la vida de los jubilados y acabar con los juicios por los reclamos de haberes”.

No sabemos si el comentario apunta a alguna decisión en puerta de la Corte Suprema en
relación a la generalización del caso Badaro
1 como mecanismo para resolver la enorme cantidad de causas por la recomposición de haberes que siguen en la Justicia, muchas con sentencia firme el incumplimiento de la ANSES, o si por el contrario se trata de un elemento de negociación que pone sobre la mesa la Corte frente a las modificaciones que se avecinan en el funcionamiento del poder judicial. Modificaciones que se presentan como “una democratización de la Justicia”, y no descartamos sean elevadas al Congreso vía un Proyecto del Poder Ejecutivo Nacional en las próximas semanas.

En rigor, la decisión de la política de avanzar de facto desde 2003 sin avalar cambios en la ley previsional vigente hacia un “sistema solidario” a partir de la incorporación al padrón de
jubilados, vía moratoria de personas sin aportes, aumentó la cobertura del sistema
2 pero generó en los hechos una deuda contingente que se sigue acumulando.

Hoy el Estado paga prestaciones a 6,5 millones de personas; 3,5 millones a jubilados que
realizaron aportes y 3 millones a jubilados sin aportes (lo que a su vez se descompone en 900
mil pensiones no contributivas otorgadas en forma discrecional por el Congreso, y 2,2 millones de jubilados incorporados en la última moratoria previsional). Este cambio en el esquema
previsional de “contributivo” a “solidario”, se financió en parte con un achatamiento de la
pirámide de haberes, que rezagó -en rigor convalidó- la licuación por inflación de los haberes

1 Caso testigo que sentó jurisprudencia para la actualización de los haberes de los jubilados que reclaman a la Justicia. En rigor el fallo determinó la actualización desde 2001 por CVS (nivel general del índice de salarios del INDEC) de los haberes previsionales y el pago retroactivo de las diferencias en relación a lo efectivamente percibido.

2 La moratoria previsional sólo apuntó a mejorar la foto: sólo pueden jubilarse por este régimen aquellas personas que cumplieron la mayoría de edad en 2004. Esto implica que hay hoy cerca de 300.000 personas que cumplieron la edad jubilatoria después de esa fecha y que no cuentan con los años de aportes suficientes para jubilarse. Más en general, si no se regula al respecto, la cobertura vuelve a caer.

2
Más altos. Actualmente casi el 80% de los jubilados cobra la jubilación mínima cuando en 2001 sólo el 30% lo hacía.

El gasto previsional representa más del 35% del gasto de la Nación, -1,4 veces el Fondo de
Garantía de Sustentabilidad de la ANSES- y la moratoria previsional alcanza a una cuarta parte de ese gasto, unos $58.000 millones
3
.
Desde el lado de los flujos si bien la ANSES tiene más ingresos que gastos cuando se incluyen los ingresos originados en rentas generales, exhibe un déficit cuando se comparan beneficios y contribuciones. Casi 30% de los ingresos del ANSES surgen de rentas generales, incluyendo el 15% de la Coparticipación que las provincias cedieron para financiar la transición al sistema de capitalización que la estatización de 2009 volvió a fojas cero. Sin estos impuestos, el superávit de $26.000 millones alcanzado en 2012
4 se convierte en un déficit de similar magnitud.

Además, cabe remarcar que estos “ingresos” incluyen al menos $13.000 millones
5 en concepto de rentas de la cartera del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES, que fueron incorporadas como ingresos corrientes.

Como mencionamos antes, el achatamiento en las escalas de las jubilaciones para financiar la incorporación de los nuevos jubilados chocó con las normativas vigentes generando un pasivo
contingente que estimamos en torno a $150.000 millones
6. De este monto, sólo una parte está en litigio.

A su vez, la no actualización de las jubilaciones mayores a la mínima en base al fallo Badaro
hacia adelante y la falta de consistencia en los cambios normativos que dejaron vigente el 82% móvil, eleva este pasivo contingente a razón de $20.000 millones por año, 10% del Gasto

Previsional de 2012, 3,5% del Gasto Total y 9% del stock de la cartera de la ANSES. El
establecimiento de la movilidad previsional a partir de 2009
7 –hasta entonces los aumentos
recayeron básicamente sobre la jubilación mínima- evitó que esta brecha entre los haberes

3 Estimado para 2013 considerando una movilidad del 15% a partir de septiembre.

4 Con datos a noviembre. En rigor diciembre suele ser un mes deficitario habida cuenta del pago del aguinaldo.

5 Transferencias acumuladas a noviembre.

6 El ejercicio surge calcular las diferencias resultantes de tomar la estructura de jubilaciones en 2001 y actualizarla por el CVS y la estructura efectiva resultante de la pirámide en cada año. De este cálculo surge una deuda generada anualmente que luego es actualizada a 2012 por la tasa Badlar Bancos Privados.

7 Movilidad que fue impulsada por un fallo de la Corte Suprema que ordenó al Congreso a establecer un mecanismo formal de ajuste en las jubilaciones.

8
percibidos y los legalmente correspondientes siguiera ensanchándose, pero sigue devengando año a año por la diferencia de haberes remanente.

Cuadro Nº1
Diferencial anual
Diferencial anual
ajustado por
 Diferencia AnualDiferencia Anual
  Ajustado por
  Badlar BP
 mill.  de $mill.  de $
20033.1337.370
20043.1847.266
20055.61612.199
20067.31614.584
20077.70113.949
200811.60718.517
200912.65317.961
201015.93820.543
201118.18820.679
201218.88419.884
Total105.221152.952
Badlar B
Ejercicio Badaro
mill. de $
El 
trade off entre alcance y equidad requiere o bien una definición sobre como se reasignan lo gastos, o bien un marco legal que evite la catarata de juicios. Y si bien consideramos que
corresponde tomar alguna decisión para compensar el rezago en los flujos y fundamentalmente limitar la industria del juicio generada en torno a esta situación,
vemos de cumplimiento imposible un reconocimiento generalizado de las deudas para atrás.

Un fallo de esascaracterísticas podría quebrar a la ANSES y de este modo correría el riesgo de convertirse en abstracto. Como tantas otras veces a lo largo de su historia, Argentina reconoció derechoseconómicos que más tarde no se pudieron garantizar.

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