domingo, 7 de julio de 2019

CARTAS AL PAIS

Clarín


05/07/2019 - 19:45




Pido la derogación de la ley 15.008 de la Provincia de Buenos Aires



Vior




Soy un jubilado del Banco de la Provincia de Buenos Aires. El 20 de octubre cumpliré 50 años ligado a la Institución. Con esta carta pretendo que tanto la gobernadora, los senadores y diputados y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires comprendan nuestro reclamo de derogar o al menos modificar algunos artículos de la Ley 15.008. Al ingresar al Banco en 1969, comencé a aportar a nuestra Caja de Jubilaciones. Ese aporte me fue descontado en los meses siguientes, en 20 cuotas. A partir del mes siguiente y durante 25 años (hasta 1994) mi aporte a la Caja fue del 21 % y en los 10 años siguientes y hasta mi jubilación, fue del 19 %. Habida cuenta que cualquier trabajador en la Argentina aporta, normalmente, el 11 %, nosotros los jubilados del Provincia hemos aportado prácticamente el doble durante toda la trayectoria activa.


A partir de la jubilación, luego de los 35 años de activo, paso a aportar, hasta que me muera, el el 10.82 %. Que es, prácticamente, lo que aporta un trabajador activo. Toda vez que se nos aumenta el sueldo, tanto a los activos y pasivos, el primer mes de ese aumento va a La Caja. Con respecto a este último párrafo, la Ley 15.008 nos perjudica notoriamente, ya que cuando estábamos con la paritaria de La Bancaria aportábamos el primer mes y cobrábamos los once restantes del año; mientras que ahora al estar comprendidos dentro de los ajustes trimestrales de la ANSeS, como el primer aumento va a la Caja, cobramos solamente ocho de los doce meses.

Hay dos temas que considero importantes y quisiera que se revean o fueran analizados: 1) La Ley 15.008 estipula la edad jubilatoria de la mujer a los 65 años, cuando en la Argentina el sexo femenino tiene la posibilidad de hacerlo a partir de los 60 años; y 2) El pago de la jubilación n por parte del banco, lo que considero sumamente riesgoso para nuestro futuro, habida cuenta de la descapitalización que se genera en la Institución y que ella distraiga fondos para nuestra atención y no lo derive para evolución, producción, capitalización, etc., de los bonaerenses. ¿Por cuánto tiempo podrá el Banco pagarnos la jubilación? ¿Por qué el empleador tiene que hacerse cargo de la jubilación de sus ex empleados? ¿La Constitución Provincial no obliga al Estado a hacerse cargo de las Cajas Provinciales?

Considero que ha sido muy injusta la promulgación de la Ley 15.008; la manera en que fue sancionada, sin mediar un análisis de Diputados y Senadores y, en lo personal, el injusto comentario de la gobernadora de considerar que los bonaerenses nos abonan la jubilación y que la misma es de privilegio, siendo que nuestros aportes durante 35 años duplican los aportes de cualquier trabajador y aún más, seguimos aportando, casi el 11 % de por vida.

Roberto Repetto

robertorepetto@gmail.com

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