martes, 10 de marzo de 2015

Insistir en el error




Martes 10 de marzo de 2015 | Publicado en edición impresa


Editorial I

El doctor Roberto Carlés no cumple con los requisitos más elementales para ocupar el cargo vacante en la Corte Suprema de Justicia.

 La presidenta de la Nación insiste en postular para la Corte Suprema de Justicia al doctor Roberto Carlés, pese a tratarse de un letrado no habilitado para el cargo por no cumplir el requisito de ocho años de ejercicio profesional que prescribe la Constitución. Nunca debió ponerse en marcha el procedimiento de consulta a la opinión pública sin verificar previamente el cumplimiento de los requisitos básicos: ser mayor de 30 años, ser abogado y tener aquella práctica profesional.
De las 41 páginas del currículum vitae del doctor Carlés, cuyo pliego sería analizado por la Comisión de Acuerdos del Senado en las próximas horas, sólo una corresponde a los antecedentes de experiencia profesional. Durante cinco de los nueve años transcurridos desde su inscripción en la matrícula profesional, ha revestido la calidad de becario Fulbright (2006-2007), del doctorado de investigación de la Università degli Studi di Ferrara (2009-2012) y del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (2011). En abril de 2012, el candidato concluyó un doctorado en Italia y sorprendentemente, tres meses después, otro en Guatemala. La profusión de cursos, publicaciones, asistencia a congresos, becas y estudios en el extranjero acredita que no pudo ejercer la profesión. En 2009 informa 31 actividades en más de 10 ciudades diferentes.
Por contraposición, el mismo doctor Carlés consigna que en estos nueve años sólo hizo tres dictámenes profesionales.
Sus limitadísimos antecedentes laborales de medio tiempo no son estrictamente en la profesión y cubrirían sólo cinco años y ocho meses, muchos de los cuales se superponen con la actividad académica. Incluso la diputada Graciela Ocaña puso en duda algún cargo que alega haber desempeñado en organismos de la ciudad de Buenos Aires.
El recaudo constitucional del ejercicio profesional efectivo es algo crucial: no puede ser magistrado alguien que no ha cumplido mínimamente con la práctica. No es lo mismo ser juez o abogado que profesor o académico. Se requiere experiencia efectiva en la profesión, que es algo muy diferente de la investigación o de los doctorados.
En su escrito de oposición, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) evalúa, con resultado negativo, si Carlés calificaría para juez de Cámara en función de los parámetros del Consejo de la Magistratura. Es que los puntajes distinguen perfectamente la práctica profesional de la actividad académica, siendo ésta algo que suma a lo anterior, que es un requisito indispensable. Si Carlés hubiera tenido práctica profesional, su actividad académica sumaría, pero no bastaría por sí sola.
Desde esta columna editorial, siempre se han postulado como requisitos para ser magistrado excelencia profesional, adecuado entrenamiento, nivel ético privilegiado, vocación, independencia y transparencia en sus designaciones.
En el mismo sentido, en 2005, la Comisión del Perfil del Juez Argentino, presidida por el entonces titular de la Corte Suprema, Enrique Petrachi, esbozó los lineamientos de ese perfil, en el que se descontaba la práctica profesional. Respecto de la idoneidad técnica jurídica, decía que "la función judicial consiste básicamente en decidir prudentemente el derecho en conflictos jurídicos concretos, y en consecuencia no parece necesario exigir que el juez sea un académico o jurista notable... Los exámenes de selección de jueces deben apuntar básicamente a las capacidades de tomar decisiones concretas en casos determinados y no tanto a los conocimientos teóricos que pueden demostrarse. Si bien no puede prescindirse de los currículums de los candidatos, debería evitarse en su valoración que se privilegien exageradamente los aspectos teóricos o científicos, pues resulta más bien decisivo su comprobación de aquella capacidad resolutoria que caracteriza a la función judicial".
Las opiniones en favor de su postulación realzan su carencia de experiencia, pues al elogiar las virtudes académicas excluyen el ejercicio profesional.
Sólo su mentor, el doctor Eugenio Raúl Zaffaroni, contesta las críticas por la "falta de experiencia" en el ejercicio de funciones judiciales, al esgrimir que "no es el primer caso, ni mucho menos, en que profesionales destacados sin anterior desempeño como jueces han sido excelentes ministros de la Corte Suprema". Esta afirmación es falaz, pues la práctica profesional requerida es en la profesión y no sólo en la Justicia, y nunca, en sus más de 150 años de historia, la Corte fue integrada por un profesional sin experiencia práctica.
Esta carencia es un obstáculo dirimente, por lo que Carlés no está habilitado para postularse y el Ministerio de Justicia no debió haber puesto en marcha el procedimiento de consulta sin verificar mínimamente esta condición.
Tratándose de alguien que no califica, no tendría mayor sentido ahondar en otras carencias, pero sirven para completar el panorama.
Ya en el editorial del 5 de febrero pasado señalamos que Carlés ha dado suficientes muestras de falta de independencia respecto del poder político. Por ejemplo, sus expresiones en Twitter, en las que exaltó al gobierno de Cristina Kirchner y criticó en términos inaceptables -no sólo para un abogado, sino para cualquier persona con cierto decoro a quienes no piensan como él. Agregamos que su currículum presenta falsedades y omisiones, y dijimos que carece del respeto de la comunidad judicial en pleno.
Adicionalmente, el profesional propuesto para integrar el máximo tribunal de la República que mayormente conoce conflictos federales y constitucionales en estos nueve años ha estado inmerso en una sola rama del derecho, la penal, sin incursionar en el derecho constitucional, federal, fiscal, administrativo ni en el derecho común. Aun cuando en un tribunal colegiado podría asumir temas penales, nunca podría dejar de opinar en otras materias
No está de más aclarar que quienes apoyan su postulación son personas e instituciones del mundo oficialista, muchos dependientes de una u otra forma del Gobierno, como es el caso del ex juez Baltasar Garzón, hoy con un sueldo como asesor del gobierno nacional, o de agrupaciones como Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, y de la que se denomina Justicia Legítima. En otros casos se trata de algunas instituciones internacionales que el propio doctor Carlés integra. Y se han recibido innumerables adhesiones de personas e instituciones con reiteraciones que claramente sugieren que no fueron espontáneas, a tal punto que algunas de ellas exponen argumentos calcados.
A la inversa, el candidato recibió fundados cuestionamientos de los principales referentes forenses del país, como la Academia Nacional de Derecho, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal o el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. También se han opuesto instituciones especializadas como Fores o la referida ADC que hizo interesantes estudios objetivos. Otra presentación muy incisiva es de la diputada Ocaña, para quien "todo hace inferir que el doctor Carlés habría gozado de algún tipo de mecenazgo o padrinazgo por parte del propio doctor Zaffaroni".
La actitud de la Presidenta de insistir en una postulación contra todas las evidencias termina de diluir el sano propósito que tuvo la sanción del decreto de consulta a la ciudadanía e instituciones antes de formular una propuesta para la Corte.
Desde la primera oportunidad en que se aplicó esta herramienta, para postular al doctor Zaffaroni, el Poder Ejecutivo desoyó las impugnaciones y avanzó en su designación, pese a haberse acreditado ser un infractor de sus obligaciones fiscales y previsionales. En la quinta oportunidad en que se lo utiliza, vuelve a demostrar que la consulta es un mero intento de llenar las formalidades.
Insistir en la propuesta de quien carece del más básico atributo para el cargo al que se lo propone le hace un mal a la República, pues contribuye a la desinstitucionalización del país, agregando una afrenta al más alto tribunal. Esa insistencia, por lo demás, es reveladora del desprecio con que la Presidenta considera al Poder Judicial en general y a la Corte Suprema en particular, producto de su limitada visión sobre la importancia de las instituciones republicanas. Sólo así se explica que proponga para tan alto sitial a un candidato al que el cargo notoriamente lo excede.
El oficialismo no cuenta hoy con los votos para imponer al candidato de la Presidenta. Pero si los obtuviera y resultara designado, la Corte quedaría integrada por un miembro que, por fallas en su designación, podría ser cuestionado por los litigantes, como hoy ocurre con los jueces federales subrogantes Laureano Durán y Jorge Di Lorenzo. No extraña la persistencia del Gobierno para imponer como magistrados a personas que carecen de atributos o son mal designadas. Pero tratándose del más alto tribunal, cabeza de un poder del Estado, pudo esperarse un gesto de grandeza de la primera mandataria para sugerir a un jurista de envergadura y experiencia indiscutida que contribuya en calidad y prestigio. Su actitud, en cambio, ratifica su desprecio por las instituciones.

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