miércoles, 19 de febrero de 2020

Proyecto del kirchnerismo para limitar al periodismo en relación a los casos de corrupción

CARTAS Y NOTA DE NUESTROS AMIGOS LECTORES



18/02/2020



Proyecto del kirchnerismo para limitar al periodismo en relación a los casos de corrupción que lo comprometen...



"Un proyecto del kirchnerismo en el Congreso Nacional busca limitar al periodismo en causas por corrupción… Si el presidente de la República Alberto Fernández esperaba haber sacado los pies de las zarzas que lo enredaban, por la polémica con sus propios funcionarios, respecto a la supuesta existencia de “presos políticos” bajo su gobierno, otra ráfaga de metralla llegará ahora desde el Congreso: “un extravagante proyecto de ley” firmado por cinco senadoras muy cercanas a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner propone un “control de convencionalidad” para las prisiones preventivas, que establece su anulación lisa y llana cuando imputado se crea comprendido en una serie de supuestos, entre los cuales está la difusión en los medios de las acusaciones en su contra.

Un detalle: la ley sólo beneficiaría a los acusados por corrupción, y no a los miles de presos sin condena que revientan las cárceles.

El ejemplo más peligroso -y directamente alarmante para la libertad de expresión- es el primer motivo de nulidad que proponen las senadoras kirchneristas: “la publicación de contenidos por parte de uno o más medios de comunicación masiva que pudieran haber afectado la percepción pública respecto del principio de inocencia sobre el afectado por la resolución”.

Es decir: si los periodistas informan sobre una causa de corrupción y un juez le dicta al acusado la prisión preventiva -aún bajo las estrictas condiciones que rigen hoy-, esa persona puede exigir que lo liberen.

Otras causales extra jurisdiccionales de “nulidad” de las preventivas son igualmente gaseosas: la “intromisión de funcionarios del Poder Ejecutivo en el desarrollo de las actuaciones”, o cuando esos funcionarios “ejercieran conductas o dieran expresiones en público aptas para afectar la independencia de los jueces o la autonomía de los fiscales”; y la “intromisión de representantes de corporaciones profesionales en el desarrollo de las actuaciones o cuando ejercieran actos o dieran expresiones aptas para afectar” esa independencia. Los colegios de abogados, por ejemplo, tendrían vedada la palabra.

Si todas esas razones no fueran suficientes, los acusados por corrupción podrían reclamar por “la inobservancia de las normas procesales con fines de persecución política”. Otra construcción difícil de probar.

Además de la limitación al trabajo de la prensa, el proyecto también desafía claramente a la Constitución al menos en otro punto: niega la posibilidad de apelar las resoluciones que hagan lugar a las nulidades de las preventivas. En cambio, si el juez rechaza los pedidos de los acusados, esa resolución sí podrá ser apelada, y deberá resolverse con la velocidad de un habeas corpus. En cuestión de días, hasta dar con el juez indicado, ningún acusado por corrupción quedará preso nunca". (Fuente: Clarin.com)



PD) Es inaudita la búsqueda de impunidad de parte del actual gobierno, desde que no están dispuestos a reconocer, ni hacerse cargo de los ilícitos cometidos especialmente entre los años 2003 y 2015, por muchos dirigentes y funcionarios del Estado. Para ello cuentan con la posibilidad de hacer caer los juicios, y evitar nuevos, mediante el control del Poder Judicial. Pero no conformes también les resulta indispensable acallar la boca de la prensa libre u opositora, camino en el que se encuentran, camino ya intentado en anteriores gobiernos, tanto en su versión peronista ortodoxa, como en la actual kirchnerista. Todo esto es de gran preocupación para todos aquellos que defendemos la libertad de prensa y expresión, y la plena vigencia del Estado de Derecho garantizado por nuestra Constitución Nacional.

Muchas gracias al envío del Amigo, RAÚL MARIO ERMOLI GALLUPPI

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