Ciudadano Argentino víctima de la
ILEGALIDAD y CORRUPCIÓN del Estado.
CN. Artículo 18 “Ningún
habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley
anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de
los jueces designados por la ley antes del hecho de la
causa...."
jueces ¿ y ?...
jueces ¿ y ?...
¿Y CÓMO ÉSTE, CUÁNTOS MÁS HAY?
¡SIN PALABRAS !!!!
No hay comentarios:
Publicar un comentario