ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO CON PERSONERIA JURIDICA
Nº 941/2006
DELEGACIÓN MAR DEL PLATA
La Corte Suprema dictó el 17-04-12, es decir ayer, un fallo en la causa "Zanotti, Oscar Alberto". Zanotti es una persona que está en actividad y pertenece a la Marina.
En la sentencia la Corte dice que la liquidación de los incrementos de haberes creados por los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 no puede hacerse sobre el "haber bruto mensual", como mandan esos decretos, porque esos aumentos se dieron exclusivamente sobre conceptos salariales no remunerativos y no bonificables, y porque la estructura y la fórmula de cálculo ha sido descalificada por el Tribunal.
Posteriormente dice que debe tomarse como base para calcular el 140,48% de incremento, que resulta de la suma acumulativa de los aumentos mínimos garantizados, el concepto "haber mensual" (concepto que es sinónimo de "sueldo" a partir del 1º de julio de 2005 como consecuencia de la aplicación del Decreto 1081/05).
En resumen, el haber mensual de un Coronel retirado, con 35 años de servicios simples y tiempo mínimo cumplido, resulta:
Sueldo desde el 01-12-11 (Según Decreto 926/11) ............. 2.499,00
Nuevo sueldo 2.499,00 x 2,4048 = 6.009,59 (es decir sueldo incrementado en 140,48%). $ 6.009,59
Tiempo mínimo (10%) 600,95 $ 600,95
Suma de Sueldo + tiempo Mín ...................................... SUBTOTAL $ 6.610,54
Suplem antigüedad de servicios:
35 años x 0,02 x 6.610,54 = 4.627,37 $ 4.627,37
TOTAL BRUTO ..................... TOTAL BRUTO $ 11.237,91
A ese total bruto hay que hacerle los descuentos que cada uno tenga para sacar el NETO.
Saludos.
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